Restricciones
Las normas para la propaganda electoral y las campañas están en NRS 293.3572, 293.361, 293.740, y 293.437(4) (según lo enmendado por AB345 y SB123 de la sesión legislativa de 2019). Las reglas de Propaganda Electoral son ahora las mismas para PROPIEDAD PRIVADA tanto para el Día de la Elección como para la Votación Anticipada, como resultado de AB345 y SB123 de la sesión legislativa de 2019.
- PROPIEDAD PRIVADA (centros comerciales, tiendas, supermercados, etc.):
Si el sitio de Votación Anticipada o el Centro de Votación del Día de la Elección se encuentra en una propiedad privada, no se permite hacer campaña electoral ni peticiones en NINGÚN LUGAR de la propiedad sin el permiso del propietario. En cuanto esté disponible la información, se publicará en la página de inicio del sitio web del Departamento de Elecciones una lista de los lugares en los que se puede y no se puede hacer campaña. (NRS 293.3572(9) y 293.437(4))
- PROPIEDAD PÚBLICA (edificios gubernamentales, bibliotecas, escuelas, etc.):
- Votación anticipada: La propaganda electoral y las peticiones no están permitidas a menos de 100 pies de la zona de votación. Los funcionarios electorales colocarán señales de "Marcador de distancia" en el límite de 100 pies para distinguir los límites. (NRS 293.361)
- Día de la Elección: La propaganda electoral y las peticiones no están permitidas a menos de 100 pies de la entrada del edificio o estructura en la que se encuentra un centro de votación. Los funcionarios electorales colocarán señales de "marcador de distancia" en el límite de 100 pies para distinguir los límites. (NRS 293.740)
También se aplican las normas de observación pública (véase más continuación) para todos los Centros de Votación del Día de la Elección y los sitios de Votación Anticipada.
DefiniciónEl NRS 293.740 define la propaganda electoral como la realización de campañas a favor o en contra de un candidato, una pregunta de la boleta electoral o un partido político mediante:
- Solicitar firmas de cualquier tipo, incluso para peticiones
- Colocación de letreros
- Distribución de material impreso
- Uso de altavoces
- Comprar, vender, llevar o exhibir cualquier insignia, botón u otro emblema, salvo que una persona pueda llevar un emblema político mientras vota solo si es de incapaz de cubrirlo de manera razonable
El Departamento de Elecciones del Condado de Clark no tiene jurisdicción con respecto a letreros políticos. Para obtener información acerca de letreros en propiedades bajo la jurisdicción de:
- Condado de Clark:
Póngase en contacto con la Oficina de Respuesta Pública en el (702) 455-4191 o consulté su sitio website.
- Una ciudad incorporada:
Para Boulder City, Henderson, Las Vegas, Mesquite o North Las Vegas, póngase en contacto con la oficina del secretario municipal correspondiente.
- Departamento de Transporte de Nevada (NDOT), incluidas las señalizaciones situadas junto a las autopistas estatales:
Llame al (702) 385-6541 o consulte el sitio web del NDOT.